Tipos de testamento
Testamento hereditario:
Es un acto notarial por el que una persona indica el destino de sus bienes cuando se produzca su fallecimiento. En el documento se recogen las últimas voluntades del otorgante respecto a su patrimonio a través de disposiciones, que en todo caso deberán ajustarse a ley aplicable al testador. En España existen varias legislaciones al respecto, por lo que en función de la vecindad civil que ostentes, será de aplicación una u otra.
Una vez se formaliza el documento, este permanecerá en custodia del notario firmante hasta el momento del fallecimiento, siendo preceptiva su incorporación al Registro de Últimas Voluntades.
Testamento vital (documento de voluntades anticipadas o de instrucciones previas):Se trata de un documento notarial en el que una persona manifiesta anticipadamente su voluntad - con el deseo de que se cumpla en el momento en que no sea capaz de expresarse personalmente - sobre los cuidados y el tratamiento de su salud o, una vez fallecido, sobre el destino de su cuerpo y sus órganos. En este documento se recogen las voluntades del otorgante para aquellos casos en los que pierda la capacidad de autogobernarse.
En España, la competencia legal sobre la realización de este documento está transferida a las Comunidades Autónomas, por lo que nuestro equipo de abogados te asesorará e indicará los pasos a seguir según tu lugar de residencia.
Para que sea efectivo dicho documento, deberá inscribirse en el Registro de Instrucciones Previas de cada Comunidad Autónoma, de forma que tanto los familiares o representantes designados, así como el personal facultativo que esté a tu cargo, acceda de manera sencilla a la voluntad que manifestaste.